Medidas alternativas y cumplimiento de la LGD

Información dirigida a empresas de 50 o más personas trabajadoras sobre las medidas alternativas a la cuota de reserva.

La legislación sobre garantía de derechos de las personas con discapacidad establece una cuota de reserva de empleo para empresas de 50 o más personas trabajadoras. En determinados casos, esa obligación puede cumplirse mediante medidas alternativas.

Una de esas medidas alternativas es la celebración de contratos mercantiles o civiles con un Centro Especial de Empleo para el suministro de bienes o la prestación de servicios, siempre que concurran los requisitos legales establecidos y se realicen los trámites o solicitudes de autorización que correspondan ante la autoridad competente.

ACS INSERTA, como Centro Especial de Empleo de Iniciativa Social, puede ser parte de esa medida a través de los servicios profesionales que presta. No obstante, la aplicabilidad concreta de esta vía depende de la situación de cada empresa y de los requisitos vigentes en cada momento.

Aviso importante

Cada organización debe analizar su situación y completar, cuando corresponda, los procedimientos legalmente exigidos. ACS INSERTA facilitará la información necesaria sobre sus servicios, pero esta página no sustituye el asesoramiento jurídico.

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